El derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible
Establecido gradualmente desde el decenio de 1970, su naturaleza, alcance y valor han sido hoy suficientemente afirmados como para proclamarlo con fuerza en un instrumento universal y vinculante.
Componentes del Derecho a un Medio Ambiente Sano
Exploración del Contenido del Derecho a un Medio Ambiente Sano
Los componentes clave de este derecho se reflejan en varios instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), así como en las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y los informes temáticos del Relator Especial sobre los Derechos Humanos y el Medio Ambiente. Cada elemento está interconectado y depende de la implementación de los otros para permitir el pleno goce del derecho a un medio ambiente sano. Estos elementos se dividen en dos categorías principales: derechos sustantivos y derechos procedimentales.
Derechos Sustantivos
Derecho al Aire Puro
El derecho al aire puro significa que todos los individuos tienen el derecho a respirar aire libre de contaminantes dañinos para la salud humana. Aunque este derecho no está explícitamente reconocido como un derecho autónomo en un solo texto legal, puede derivarse de varios instrumentos internacionales, incluyendo la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El aire puro se define por niveles de contaminantes atmosféricos como las partículas finas (PM2.5 y PM10), los óxidos de nitrógeno (NOx), el dióxido de azufre (SO2), el ozono troposférico (O3) y los compuestos orgánicos volátiles (COV) que no superen los límites recomendados por la OMS.
Problemática Actual
La contaminación del aire es responsable de la muerte de cerca de 7 millones de personas cada año en todo el mundo. Contribuye a problemas de salud importantes, como enfermedades respiratorias y cardiovasculares, y afecta especialmente a las poblaciones vulnerables, como los niños, los ancianos y las personas con enfermedades crónicas. Los impactos ambientales incluyen la degradación de los ecosistemas, la reducción de los rendimientos agrícolas y la pérdida de biodiversidad. Las fuentes de contaminación del aire son diversas, incluyendo las emisiones de vehículos, las actividades industriales, la quema de biomasa y las prácticas agrícolas. Los países de ingresos bajos y medios son particularmente afectados, con niveles de contaminación a menudo muy por encima de los estándares internacionales.
Derecho a un Clima Seguro
El derecho a un clima seguro significa que todos los individuos tienen el derecho a vivir en un clima estable y seguro, esencial para la vida y el bienestar humano. Este derecho es crucial para el disfrute de muchos otros derechos humanos, incluyendo los derechos a la vida, a la autodeterminación, al desarrollo, a la salud, a la alimentación, al agua y al saneamiento, a una vivienda adecuada y a la cultura. Está respaldado por varios instrumentos internacionales de derechos humanos y medioambientales, como los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), así como por diversas resoluciones de las Naciones Unidas. Un clima seguro se define por condiciones climáticas estables que no pongan en peligro la salud humana o el medio ambiente, y por la capacidad de las sociedades para adaptarse a los cambios climáticos mientras mitigan sus efectos.
Problemática Actual
El cambio climático amenaza directamente el disfrute de muchos derechos humanos. Contribuye a eventos meteorológicos extremos y a cambios graduales, como el aumento del nivel del mar y la desertificación. Estos fenómenos exponen a millones de personas a la inseguridad alimentaria e hídrica, causan pérdidas irreversibles en los ecosistemas terrestres y acuáticos, y aumentan la mortalidad, la morbilidad y los desplazamientos de población. Al menos 3.300 millones de personas son altamente vulnerables a los impactos del cambio climático. Las fuentes del cambio climático incluyen las emisiones de gases de efecto invernadero provenientes de la quema de combustibles fósiles, la industria, la agricultura y la deforestación. Los países en desarrollo y las comunidades vulnerables son particularmente afectados, sufriendo de manera desproporcionada los impactos del cambio climático a pesar de haber contribuido menos a sus causas.
Derecho al Acceso al Agua Potable y al Saneamiento
El derecho al acceso al agua potable y al saneamiento significa que todos los individuos tienen el derecho a acceder a agua suficiente, segura, aceptable, físicamente accesible y asequible para usos personales y domésticos. Este derecho está explícitamente reconocido por la Asamblea General de las Naciones Unidas (UNGA) y se encuentra en varios instrumentos de derechos humanos. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) de las Naciones Unidas también ha afirmado este derecho.
Problemática Actual
El acceso al agua potable y al saneamiento es un desafío global importante. Décadas de mala gestión, sobreexplotación y contaminación de los recursos de agua dulce han exacerbado el estrés hídrico y deteriorado los ecosistemas acuáticos. Los efectos negativos del cambio climático agravan aún más esta situación al perturbar los ciclos de precipitación y agua. A nivel mundial, 2.200 millones de personas no tienen acceso a servicios de agua potable gestionados de manera segura y 3.500 millones carecen de saneamiento adecuado. Cerca de 698 millones de niños en edad escolar no tienen servicios básicos de saneamiento en la escuela. Los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y realizar los derechos al agua y al saneamiento. Esto incluye medidas transversales, como la asignación de recursos y la adopción de políticas que apunten a los grupos más necesitados, así como la asignación de recursos financieros y humanos a los grupos históricamente discriminados.
Derecho a una Alimentación Saludable y Producida de Forma Sostenible
El derecho a una alimentación saludable significa que cada individuo debe tener acceso físico y económico en todo momento a alimentos adecuados o a los medios para obtenerlos. Este derecho es crucial para la realización de muchos otros derechos humanos, incluyendo la salud, la vida y el bienestar.
Problemática Actual
Los incidentes de hambre están aumentando debido a eventos climáticos extremos. Los eventos meteorológicos extremos relacionados con el cambio climático, la degradación del medio ambiente debido a la contaminación del aire y del agua, y las prácticas agrícolas no sostenibles son algunas de las principales causas de la inaccesibilidad a alimentos saludables y producidos de manera sostenible. Se prevé que cerca de 600 millones de personas estarán crónicamente desnutridas para 2030. Los niños y las mujeres son particularmente vulnerables a la inseguridad alimentaria. Los Estados tienen la obligación de respetar el acceso existente de las personas a los alimentos, proteger este derecho contra las violaciones por parte de terceros, y fortalecer el acceso de los individuos a los recursos y medios de subsistencia necesarios para la seguridad alimentaria. Deben adoptar prácticas agrícolas resilientes al clima para proteger los suelos y los ecosistemas mientras mejoran la productividad alimentaria.
Derecho a un Medio Ambiente No Tóxico
El derecho a un medio ambiente no tóxico significa que todos los individuos tienen el derecho a no estar expuestos a sustancias tóxicas peligrosas para su salud. Este derecho es crucial para el disfrute de muchos otros derechos humanos, incluyendo los derechos a la vida, a la salud, al agua, a la alimentación, a la vivienda, a la cultura y a un nivel de vida adecuado.
Problemática Actual
Las sustancias tóxicas, como los productos químicos peligrosos y los desechos, se encuentran en los alimentos, el aire, el agua y los lugares de trabajo y de vida de las personas. La contaminación y las sustancias tóxicas tienen impactos negativos en una amplia gama de derechos humanos. Los grupos marginados, en particular, soportan de manera desproporcionada la carga de la exposición a estas sustancias peligrosas. Las zonas de sacrificio, donde las comunidades sufren consecuencias devastadoras para su salud física y mental debido a la contaminación, son especialmente preocupantes en el mundo en desarrollo. Los Estados deben prevenir y remediar los efectos nocivos de las sustancias peligrosas para las generaciones presentes y futuras.
Biodiversidad y Ecosistemas Saludables
El derecho a la biodiversidad y a ecosistemas saludables significa que todos los individuos tienen el derecho a beneficiarse de ecosistemas equilibrados y diversos, esenciales para muchos derechos humanos, incluyendo los derechos a la vida, a la alimentación, al agua y al saneamiento, a la salud y a la cultura.
Problemática Actual
La biodiversidad y los ecosistemas saludables son indispensables para la realización de los derechos humanos. La pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas amenazan directamente estos derechos. La resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas que declara el Decenio de las Naciones Unidas para la Restauración de los Ecosistemas (2021-2030) tiene como objetivo apoyar e intensificar los esfuerzos para prevenir, detener y revertir la degradación de los ecosistemas en todo el mundo. La restauración y conservación de los ecosistemas contribuyen a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y otros acuerdos ambientales multilaterales. Los Estados y otros actores están obligados a abordar la pérdida de biodiversidad, prevenir sus impactos negativos en los derechos humanos y garantizar que las acciones tomadas para abordar la pérdida de biodiversidad sean equitativas, sostenibles y no discriminatorias.
Derechos Procedimentales
Los derechos procedimentales no son exclusivos del derecho a un medio ambiente sano, pero son una parte integral del mismo. Para más detalles, consulte nuestra página dedicada a los derechos democráticos ambientales. Sin embargo, es crucial abordar estos derechos aquí debido a su importancia.
Acceso a la Información Ambiental
Este derecho es esencial para permitir que los individuos protejan y defiendan su derecho a un medio ambiente sano. La Declaración de Río estipula que "[a] nivel nacional, cada individuo debe tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente en poder de las autoridades públicas, incluidas las informaciones sobre materiales peligrosos y actividades en sus comunidades." Esto significa que todos deberían tener acceso a información sobre el medio ambiente, incluidas las actividades peligrosas, lo cual es crucial para tomar decisiones informadas y basadas en evidencias. Los Estados tienen la obligación de hacer que esta información esté ampliamente disponible. Debe ser fácilmente accesible y comprensible para todos, incluidas las personas en situación de vulnerabilidad, y cubrir de manera exhaustiva las cuestiones esenciales relacionadas con el medio ambiente, la seguridad y la vida humana.
Participación Pública en la Toma de Decisiones Ambientales
El derecho a la participación en la toma de decisiones ambientales significa que los ciudadanos deben poder participar de manera significativa, efectiva, oportuna y continua en las decisiones que tienen un impacto real en el medio ambiente. Esta participación debe ser inclusiva y prestar especial atención a los grupos marginados y vulnerables. La Declaración de Río subraya la importancia de permitir a cada individuo participar en la toma de decisiones a nivel nacional. Este derecho también está inscrito en instrumentos internacionales y regionales.
Acceso a la Justicia y a Recursos Efectivos
El derecho a obtener justicia y recursos efectivos en caso de degradación ambiental es esencial. Sin este derecho, los individuos no pueden hacer oír su voz, ejercer sus derechos, impugnar discriminaciones o responsabilizar a los tomadores de decisiones. Este derecho, codificado en instrumentos nacionales, regionales e internacionales, exige que las generaciones actuales y futuras afectadas por la degradación ambiental tengan acceso a recursos efectivos. También figura en la Declaración de Río, que estipula que los Estados deben proporcionar un acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos.
El Carácter Antropocéntrico del Derecho a un Medio Ambiente Sano
El derecho a un medio ambiente sano, tal como lo reconoce el Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de las Naciones Unidas, es un derecho humano, lo que significa que está diseñado principalmente para proteger a los seres humanos. Este enfoque antropocéntrico significa que la protección del medio ambiente se justifica por sus impactos en las personas. Sin embargo, la integración de la dimensión ecocéntrica en el derecho a un medio ambiente sano, además del antropocéntrico, podría ofrecer una protección más completa de los elementos de la naturaleza.
Ilustración de la Dimensión Ecocéntrica del Derecho a un Medio Ambiente Sano en la Jurisprudencia Latinoamericana
La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce esta dimensión ecocéntrica. Por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva OC-23/17 emitida el 15 de noviembre de 2017, afirmó que el derecho a un medio ambiente sano protege elementos como los bosques, los ríos y los mares, más allá de su utilidad inmediata para los seres humanos. Inspirados por esta opinión consultiva, los tribunales de Colombia, Costa Rica, Ecuador y especialmente México han emitido sentencias que reconocen que el derecho a un medio ambiente sano incluye dos dimensiones:
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Ambientes Saludables para los Humanos: Esto incluye aire puro, agua potable segura, un clima seguro, alimentos sostenibles y protección contra sustancias tóxicas.
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Ambientes Ecológicamente Saludables: Este derecho también garantiza la salud ecológica de los entornos, independientemente de los impactos directos en los seres humanos.
Esta evolución en el reconocimiento legal ilustra cómo el derecho a un medio ambiente sano puede extenderse para proteger la naturaleza no solo por los beneficios que proporciona a los humanos, sino también por su valor intrínseco. Así, el derecho a un medio ambiente sano puede ir más allá del enfoque antropocéntrico tradicional al adoptar un enfoque de antropocentrismo inmersivo, como sugiere Natalia Kobylarz. Esto nos permite reconocer y valorar la interdependencia entre los humanos y la naturaleza. Al proteger el medio ambiente no solo por sus beneficios directos para la salud humana, sino también por su importancia intrínseca, garantizamos una protección más holística y sostenible de nuestro planeta, respondiendo a los desafíos actuales de la triple crisis climática.
La Extensión de las Obligaciones de los Estados y los Actores No Estatales en Relación con el Derecho a un Medio Ambiente Sano
Principales Obligaciones: Las Responsabilidades de los Estados
Todos los derechos humanos están acompañados de obligaciones correspondientes para los estados. En 2018, John Knox, ex Relator Especial sobre el derecho a un medio ambiente sano, publicó un conjunto de Principios Marco sobre Derechos Humanos y el Medio Ambiente, resumiendo tres categorías de obligaciones estatales: procedimentales, sustantivas y especiales hacia las personas vulnerables.
Principios Rectores para Implementar el Derecho a un Medio Ambiente Sano
La aplicación e interpretación del derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible debe estar siempre guiada por una serie de principios derivados del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional ambiental. Estos principios incluyen:
Principio de Prevención
La prevención de daños climáticos y ambientales, así como las consecuencias asociadas en los derechos humanos, es primordial.
Principio de Precaución
Frente a amenazas de daños graves e irreversibles para la salud humana o el medio ambiente, la falta de certeza científica completa no debe usarse como razón para retrasar la acción preventiva.
Principio de No Discriminación e Igualdad
Los estados deben evitar agravar la injusticia climática y ambiental y esforzarse por mejorar estas situaciones. Está establecido que los grupos vulnerables y marginados, como las poblaciones indígenas, las poblaciones más pobres y las mujeres, soportan de manera desproporcionada la carga de los daños ambientales mientras tienen un acceso desigual a los recursos ambientales.
Principio de Quien Contamina Paga
El costo de la reparación de los daños ambientales debe ser asumido por el contaminador. Para más detalles, consulte nuestra página dedicada al principio de quien contamina paga.
Mejores Conocimientos Científicos Disponibles
Las respuestas estatales a la crisis ambiental global deben basarse en los conocimientos científicos más avanzados, como los proporcionados por los informes del IPCC.
Principio de No Regresión
Los estados no pueden debilitar las normas relacionadas con el derecho a un medio ambiente sano sin razones imperiosas. Para más detalles, consulte nuestra página sobre el principio de no regresión.
Cooperación Internacional
La cooperación entre estados en diferentes niveles es esencial para abordar los desafíos ambientales globales.
Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas
Los estados desarrollados, que han causado la mayor parte de la crisis planetaria, deben asumir la responsabilidad principal de financiar e implementar soluciones.
Obligaciones Procedimentales
Los derechos procedimentales relacionados con el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia con recursos efectivos proporcionan a la sociedad civil medios poderosos para interactuar con los gobiernos y asegurarse de que cumplan con sus obligaciones. Las obligaciones procedimentales de los estados incluyen:
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Proporcionar al público información accesible, oportuna, asequible y comprensible sobre las causas y las consecuencias de la crisis climática y ambiental.
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Integrar la educación ecológica y los derechos humanos en los planes de estudio escolares, desde el jardín de infantes hasta la universidad.
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Garantizar una participación pública significativa, informada, inclusiva y equitativa en todas las decisiones ambientales.
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Prohibir la discriminación y garantizar una protección igual y efectiva contra ella en relación con el disfrute del derecho a un medio ambiente sano.
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Respetar y proteger los derechos a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica en cuestiones climáticas y ambientales.
Obligaciones Sustantivas
Las obligaciones sustantivas de los estados se dividen en tres componentes principales: respetar, proteger y cumplir con el derecho a un medio ambiente sano.
Respetar el Derecho a un Medio Ambiente Sano
Los estados están obligados a abstenerse de causar daños ambientales significativos, ya sea al aire, al agua o al suelo, a través de sus acciones directas o las de las empresas estatales. Deben asegurarse de que sus políticas y actividades no comprometan la calidad ambiental.
Proteger el Derecho a un Medio Ambiente Sano
Los estados deben proteger el derecho a un medio ambiente sano contra las infracciones de terceros, particularmente las empresas. Esto implica la adopción y aplicación de leyes, reglamentos y estándares rigurosos que respeten y protejan los derechos humanos. Los estados también deben garantizar que estos estándares se apliquen de manera efectiva y no discriminatoria, previniendo violaciones y sancionando a los infractores.
Cumplir con el Derecho a un Medio Ambiente Sano
Los estados están obligados a tomar medidas proactivas para realizar el derecho a un medio ambiente sano. Esto incluye establecer y mantener infraestructura esencial como sistemas de agua potable, aguas residuales y gestión de residuos. Los estados deben garantizar la aplicación efectiva y no discriminatoria de sus normas ambientales, asegurándose de que tanto los actores públicos como privados cumplan con las regulaciones vigentes.
Obligaciones de los Actores No Estatales
Responsabilidades Corporativas
Las empresas y otros actores no estatales también tienen obligaciones significativas en relación con la protección del derecho a un medio ambiente sano. Los estados tienen el deber de proteger los derechos humanos de los daños reales o potenciales causados por todas las empresas dentro de su territorio o bajo su jurisdicción. Esto requiere que los estados actúen con diligencia, tomando todas las medidas razonables y apropiadas para proteger, preservar y cumplir con los derechos humanos, incluido el derecho a un medio ambiente sano.
Las empresas deben respetar sus responsabilidades en materia de clima, medio ambiente y derechos humanos. Sin embargo, la responsabilidad social y ambiental corporativa voluntaria es ampliamente insuficiente. Los estados deben liberarse de la influencia empresarial y obligar a las empresas a respetar sus responsabilidades climáticas, ambientales y de derechos humanos. La legislación ambiental y de derechos humanos suele ser débil, llena de lagunas y fallos, y no se implementa ni se aplica de manera significativa. Los estados deben establecer expectativas claras para las empresas mediante la adopción de leyes, reglamentos, estándares y políticas fuertes en materia de clima y derechos ambientales.
Supervisión y Vigilancia
Los estados también deben supervisar y monitorear a todas las empresas que puedan causar daños ambientales significativos. La implementación efectiva es esencial y requiere instituciones adecuadas con la autoridad, capacidad, recursos y procedimientos necesarios para prevenir, investigar, sancionar y remediar los impactos climáticos y ambientales sobre los derechos humanos. Ejemplos de leyes recientes incluyen la Ley sobre el Deber de Vigilancia en Francia, la Ley sobre Obligaciones de Diligencia Debida de las Empresas en las Cadenas de Suministro en Alemania y el Proyecto de Ley sobre la Conducta Empresarial Responsable y Sostenible en los Países Bajos.
Fuentes:
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The Right to a Healthy Environment, a User’s Guide. David R. Boyd, ex Relator Especial sobre los derechos humanos y el medio ambiente, 2024.
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Unpacking the Right to a Healthy Environment: How National and Regional Laws and Jurisprudence Clarify the Scope and Content of the Universal Right, Earth Rights Advocacy (ERA) y Universal Rights Group (URG) NYU School of Law, enero 2023.